FONDO DE RECAPITALIZACIÓN DE EMPRESAS AFECTADAS POR EL COVID – 19
QUIEN CONVOCA LA AYUDA
COFIDES – Compañía Española de Financiación del Desarrollo
OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Este fondo tiene como objetivo dar apoyo a las empresas medianas que atraviesen dificultades de carácter temporal a consecuencia de la pandemia de la COVID-19, pero que se consideren viables a futuro y también lo fueran antes del inicio de la crisis sanitaria.
Podrán ser beneficiarias las empresas que, entre estas, cumplan con los siguientes requisitos:
Constituir una empresa no financiera, con domicilio social y principales centros de trabajo situados en España, que atraviese dificultades de carácter temporal a consecuencia de la pandemia de la COVID-19.
Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones o ayudas públicas.
Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
No constituir una empresa en crisis a 31 de diciembre de 2019.
Tener un importe neto de la cifra de negocios anual a nivel consolidado a 31 de diciembre de 2019 entre 15 y 400 millones de euros, según informe de auditoría de sus cuentas anuales a 31 de diciembre de 2019.
Demostrar su viabilidad a medio y largo plazo, presentando a tal efecto en su solicitud un Plan de Viabilidad para superar su situación de crisis.
A QUIEN VA DIRIGIDA
PYME
Gran Empresa
SECTOR
Agricultura
Ganadería
Pesca
Artístico/Musical
Comercio
Energía
Formación
Industria
Medio Ambiente
Social/Cultural
TICs
Turismo
ÁMBITO GEOGRÁFICO
Nacional
HASTA CUANDO PUEDO SOLICITAR LA AYUDA
31/12/2021
IMPORTE DE LA CONVOCATORIA
1.000.000.000,00 €
TIPO DE FINANCIACION
PRÉSTAMOS PÚBLICOS
IMPORTE MÍNIMO
3.000.000,00 €
IMPORTE MÁXIMO
25.000.000,00 €
PORCENTAJE DE SUBVENCIÓN A FONDO PERDIDO
0,00 %
DESCRIPCIÓN DE LA FINANCIACIÓN
Los importes que podrán solicitar las PYMEs estarán comprendidos entre 3 y 15 millones de euros. Los importes que podrán solicitar las grandes empresas estarán comprendidos entre 4 y 25 millones de euros.
ELEMENTOS A FINANCIAR
Se entenderán como subvencionables las actuaciones que se precisen para solventar las dificultades de carácter temporal derivadas de la pandemia de la COVID-19.
LA AYUDA ESTÁ SUJETA AL RÉGIMEN DE MÍNIMIS
No
DONDE TRAMITARLA
SOLESTINE, Consultora Financiera especializada