QUIEN CONVOCA LA AYUDA
Agencia Valenciana de Innovación
CUAL ES EL OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA
El objetivo de este programa es apoyar el desarrollo de soluciones con incidencia en la cadena de valor empresarial, que supongan, ya sea una aplicación de novedad en los productos o procesos, o bien en los sistemas de organización; entendiendo en este caso las actuaciones que faciliten entre las empresas involucradas, la vinculación del mundo físico (dispositivos, materiales, productos, maquinaria e instalaciones) con el digital (comunicaciones y software).
Todo ello con el propósito de mejorar el intercambio de información y procesos de trabajo. Así mismo, se pretende apoyar aquellos proyectos que potencien el desarrollo y utilización de otras tecnologías clave para impulsar el desarrollo industrial y económico.
Podrán ser beneficiarias las empresas cuya sede social o centro de desarrollo de actividad se encuentre radicado en la Comunidad Valenciana. Las entidades beneficiarias podrán plantear propuestas de manera individual o en cooperación con otras empresas.
En este último caso, la cooperación deberá evidenciarse mediante un acuerdo firmado entre las partes, constituyendo así un consorcio a efectos del proyecto, que deberá reunir las siguientes condiciones y mantenerse a lo largo de la ejecución del mismo:
Estará constituido por un mínimo de dos empresas no vinculadas entre sí.
Todas las empresas integrantes del consorcio deberán presentar su solicitud de ayuda a esta actuación para el mismo proyecto.
En el acuerdo firmado se detallarán como mínimo las actividades que acometerá cada uno de los participantes, el presupuesto de ejecución que asume cada uno de ellos y la propiedad y derechos de uso de los resultados del proyecto.
La entidad que asuma mayor participación económica en el proyecto ejercerá de líder del consorcio creado para el proyecto. En caso contrario, deberá justificarse tal circunstancia en el acuerdo de cooperación.
La participación en el consorcio debe ser equilibrada, de modo que ningún participante contribuya con menos del 15% ni supere el 70% del presupuesto subvencionable del proyecto.
A QUIEN VA DIRIGIDA
PYME
Gran Empresa
SECTOR
I+D
Innovación
Internacionalización
ÁMBITO GEOGRÁFICO
Autonómico – Comunitat Valenciana
FECHA PARA SOLICITAR LA AYUDA
22/01/2021
FECHA FIN SOLICITUD AYUDA
18/02/2021
IMPORTE TOTAL DE LA CONVOCATORIA
9.890.000,00 €
TIPO DE SUBVENCIÓN
Subvención a fondo perdido
DESCRIPCIÓN DE LA FINANCIACIÓN
Las intensidades máximas de ayuda, establecidas como porcentaje sobre los costes subvencionables, son las siguientes:
Gran empresa: hasta el 50-65%* en investigación industrial; hasta el 25-40%* en desarrollo experimental; hasta el 15%** en innovación en organización o procesos.
Mediana empresa: hasta el 60-75%* en investigación industrial; hasta el 35-50* en desarrollo experimental; hasta el 50% en innovación en organización o procesos.
Pequeña empresa: hasta el 70-80%* en investigación industrial; hasta el 45-60* en desarrollo experimental; hasta el 50% en innovación en organización o procesos.
* Para llegar al porcentaje máximo de cada intervalo, que en ningún caso superará el 80%, se debe cumplir que el proyecto implique una colaboración efectiva entre empresas, al menos una de las cuales sea una PYME, y que ninguna empresa corra por sí sola con más del 70 % de los costes subvencionables.
**Únicamente podrán optar a este tipo de ayudas cuando colaboren con una PYME en la actividad objeto de ayuda y la PYME asuma un mínimo del 30 % del total de los costes subvencionables.
Independientemente de la naturaleza del proyecto, los gastos de registro de derechos de propiedad industrial o intelectual y los gastos de formación derivados de la ejecución del proyecto podrán subvencionarse con una intensidad de ayuda máxima del 50 % de los costes subvencionables.
Destino financiación y acceso
Elementos a financiar:
Se entenderán como subvencionables los siguientes gastos:
Gastos de personal, incluyendo salarios y cuotas de la Seguridad Social.
Gastos de contratos de investigación y desarrollo o innovación con centros tecnológicos o de investigación.
Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al proyecto.
Gastos de adquisición de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
En caso de PYME, gastos de registro de derechos de propiedad industrial o intelectual derivados de la ejecución del proyecto.
Gastos de material fungible y suministros similares que se deriven directamente del proyecto.
Se excluye material de oficina y consumibles informáticos.
Gastos de material inventariable en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto.
En caso de proyectos de innovación en materia de producto, gastos de inversión en equipamiento y demás material inventariable, necesario para el desarrollo de las actividades.
Se excluyen los dispositivos informáticos de uso genérico.
Gastos de actividades de formación imprescindibles para la ejecución del proyecto.
Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto. El coste máximo subvencionable del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto será de 1.400 euros para cada anualidad de ejecución del proyecto, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto para la presentación de la ayuda.
La ayuda no está sujeta al Régimen de Minimis.
DONDE TRAMITARLA SOLESTINE, Consultora Financiera especializada