CONSOLIDACIÓN DE LA CADENA DE VALOR EMPRESARIAL
DESCRIPCIÓN
El objetivo de este programa es apoyar el desarrollo de soluciones con incidencia en la cadena de valor empresarial, que supongan aplicación de novedad en los productos o procesos, o bien en los sistemas de organización, entendiendo en este caso las actuaciones que faciliten -entre las empresas involucradas- la vinculación del mundo físico (dispositivos, materiales, productos, maquinaria e instalaciones) con el digital (comunicaciones y software) con el propósito de mejorar el intercambio de información y procesos de trabajo. Así mismo, se pretende apoyar aquellos proyectos que potencien el desarrollo y utilización de otras tecnologías clave para impulsar el desarrollo industrial y económico.
BENEFICIARIOS
Las empresas cuya sede social o centro de desarrollo de actividad se encuentre radicado en la Comunitat Valenciana. Las entidades beneficiarias podrán plantear propuestas de manera individual o en cooperación con otras empresas. En este último caso, la cooperación deberá
evidenciarse mediante un acuerdo firmado entre las partes, constituyendo así un consorcio a efectos del proyecto, que deberá reunir las siguientes condiciones y mantenerse a lo largo de la ejecución del mismo:
- Estará constituido por un mínimo de dos empresas no vinculadas entre sí.
- Todas las empresas integrantes del consorcio deberán presentar su solicitud de ayuda a esta actuación para el mismo proyecto.
- En el acuerdo firmado se detallarán como mínimo las actividades que acometerá cada uno de los participantes, el presupuesto de ejecución que asume cada uno de ellos y la propiedad y derechos de uso de los resultados del proyecto.
- La entidad que asuma mayor participación económica en el proyecto ejercerá de líder del consorcio creado para el proyecto. En caso contrario, deberá justificarse tal circunstancia en el acuerdo de cooperación.
- La participación en el consorcio debe ser equilibrada, de modo que ningún participante contribuya con menos del 15% ni supere el 70% del presupuesto subvencionable del proyecto.
TIPOLOGÍA DE PROYECTOS
Serán subvencionables los proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental y de innovación en materia de procesos, organización o producto, que permitan a las entidades beneficiarias obtener nuevos productos o servicios o mejorar sustancialmente los existentes, o bien modificar sus procesos tanto organizativos como de producción o suministro.
Cuando un proyecto conste de diferentes actividades, cada una de ellas deberá encuadrarse en alguna de las tipologías apoyables anteriores.
PLAZOS
El plazo de presentación de solicitudes será de 21 días naturales, desde el día siguiente al de la publicación, en extracto, de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, es decir hasta el 14 de marzo del 2019
Periodo de ejecución:
Los proyectos anuales deberán realizarse entre la fecha de presentación de la solicitud y el 31 de diciembre de 2019.
Los proyectos plurianuales -con duración máxima de dos años-, deberán realizarse entre la fecha de presentación de la solicitud y el 31 de diciembre de 2020.
Plazo de justificación:
En los Proyectos anuales: Las entidades beneficiarias de ayudas deberán presentar la documentación justificativa de ejecución del proyecto con fecha límite del 23 de enero de 2020, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2019, pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán, como máximo, el día 6 de abril de 2020.
En los Proyectos plurianuales. Las entidades beneficiarias de ayudas deberán presentar la documentación justificativa de ejecución del proyecto en dos fases:
En la primera fase, que corresponde al periodo de ejecución comprendido entre la fecha de inicio del proyecto y el 31 de diciembre de 2019, la documentación justificativa se presentará, como máximo, el 23 de enero de 2020, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2019, pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán, como máximo, el día 6 de abril de 2020.
En la segunda fase, que correspondiente al periodo de ejecución comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020, la documentación justificativa se presentará, como máximo, el 22 de enero de 2021, salvo los justificantes de los pagos de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a 2020 pero que deben ser ingresados por la entidad beneficiaria con posteridad a la citada fecha límite anterior, que se presentarán, como máximo, el día 15 de abril de 2021.
REQUISITOS DE LOS PROYECTOS
Podrán considerarse dos tipos de proyectos:
En los Proyectos individuales. Responderán a dar solución a una necesidad manifestada del mercado o de una empresa en una cadena de valor, de manera que la consecución con éxito del proyecto tenga un alto grado de probabilidad de implantación real, bien porque satisface expectativas o demandas de empresas tractoras, porque se anticipa a normas o necesidades futuras con productos o servicios que no están suficientemente desarrollados en la actualidad, o en general, porque añade valor a la cadena de producto y relación entre clientes y proveedores. El coste elegible del proyecto deberá ser como mínimo de 175.000 euros.
En los Proyectos en cooperación. Como en el caso de los proyectos individuales, será necesario que el proyecto responda a una problemática previamente identificada y manifestada suficientemente, en cuya resolución participarán varias empresas que se beneficiarán de la solución, y que será financiada conjuntamente por los participantes. La cooperación se sustentará en un acuerdo firmado por las partes y uno de los participantes ejercerá de líder del consorcio creado para la cooperación. El coste elegible del proyecto deberá ser como mínimo de 500.000 euros.
Con carácter general, tanto para proyectos individuales como en cooperación deberán contratarse los servicios de uno o varios centros tecnológicos u organismos de investigación que confieran al proyecto la suficiente relevancia científico-tecnológica. La intervención conjunta de los centros tecnológicos u organismos de investigación, representará al menos el 15% del coste subvencionable del proyecto de cooperación.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Gastos de personal, incluyendo salarios y cuotas de la Seguridad Social, empleado en centros de la Comunitat Valenciana, en la medida en que estén dedicados al desarrollo del proyecto. En caso de proyectos de I+D los gastos de personal podrán referirse a personal investigador, personal técnico y demás personal auxiliar.
Gastos de contratos de investigación y desarrollo o innovación con centros tecnológicos o de investigación.
Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al proyecto.
Gastos de adquisición de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia. En caso de PYME, gastos de registro de derechos de propiedad industrial o intelectual derivados de la ejecución del proyecto.
Gastos de material fungible y suministros similares que se deriven directamente del proyecto. Se excluye material de oficina y consumibles informáticos.
Gastos de material inventariable en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto; en caso de que el instrumental y el material inventariable no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto. Se excluyen los dispositivos informáticos de uso genérico. En caso de proyectos de innovación en materia de producto, gastos de inversión en equipamiento y demás material inventariable, necesario para el desarrollo de las actividades. Se excluyen los dispositivos informáticos de uso genérico.
Gastos de actividades de formación imprescindibles para la ejecución del proyecto. Se considerarán en este apartado la formación y obtención de conocimientos adquirida por la asistencia de personal dedicado al desarrollo del proyecto a jornadas, cursos, estancias en centros de conocimiento, así como la impartición interna específica de cursos a medida por personas expertas en la materia.
Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto. El coste máximo subvencionable del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto será de 1.400 euros para cada anualidad de ejecución del proyecto.
INTENSIDAD DE LA AYUDA
Las intensidades máximas de ayuda, establecidas como porcentaje sobre los costes
subvencionables, son las que se establecen en las bases reguladoras, y se resumen aquí:
Gran empresa: hasta el 50-65% (*) en investigación industrial; hasta el 25-40% (*) en desarrollo experimental; hasta el 15% (**) en innovación en procesos, organización y producto.
Mediana empresa: hasta el 60-75%* en investigación industrial; hasta el 35-50% (*) en desarrollo experimental; hasta el 50% en innovación en procesos, organización y producto.
Pequeña empresa: hasta el 70-80% (*) en investigación industrial; hasta el 45-60 % (*) en desarrollo experimental; hasta el 50% en innovación en procesos, organización y producto.
(* )Para llegar al porcentaje máximo de cada intervalo, que en ningún caso superará el 80%, se debe cumplir que el proyecto implique una colaboración efectiva entre empresas, al menos una de las cuales sea una PYME, y que ninguna empresa corra por sí sola con más del 70 % de los costes subvencionables.
(**)Únicamente podrán optar a este tipo de ayudas cuando colaboren con una PYME en la actividad objeto de ayuda y la PYME asuma un mínimo del 30 % del total de los costes subvencionables.
Independientemente de la naturaleza del proyecto, los gastos de registro de derechos de propiedad industrial o intelectual y los gastos de formación derivados de la ejecución del proyecto podrán subvencionarse con una intensidad de ayuda máxima del 50 % de los costes subvencionables.
DONDE TRAMITARLA
SOLESTINE, Consultora Financiera especializada