QUIEN CONVOCA LA AYUDA
CDTI – Centro Desarrollo Tecnológico Industrial
CUAL ES EL OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA
Los proyectos de Investigación y Desarrollo son proyectos empresariales de carácter aplicado para la creación y mejora significativa de un proceso productivo, producto o servicio presentados por una única empresa o por una agrupación empresarial. Dichos proyectos pueden comprender tanto actividades de investigación industrial como de desarrollo experimental, según las definiciones del Reglamento General de Exención por Categorías (Reglamento CE Nº 800/2008).
Se distinguen 4 categorías:
Proyectos I+D individuales.
Proyectos I+D en cooperación nacional.
Proyectos en Cooperación Tecnológica Internacional.
Proyectos I+D en convocatoria específica.
A QUIEN VA DIRIGIDA
PYME, Gran Empresa
SECTOR
Energía
I+D
Innovación
Industria
TICs
ÁMBITO GEOGRÁFICO
Nacional
FECHA PARA SOLICITAR LA AYUDA
02/01/2018
FECHA FIN SOLICITUD AYUDA
31/12/2018
IMPORTE TOTAL DE LA CONVOCATORÍA
CDTI tiene disponible un total de 800 millones aproximadamente a través de sus diferentes líneas.
TIPO DE FINANCIACIÓN
Productos Mixtos
PORCENTAJE DE LA SUBVENCIÓN A FONDO PERDIDO
33,00 %
IMPORTE MÁXIMO
El importe mínimo son 175.000 euros.
DESCRIPCIÓN DE LA FINANCIACIÓN
Las condiciones de los préstamos son:
Tipo de interés fijo: Euribor 1 año
Préstamo de hasta el 85% del presupuesto presentado
Devolución: 7 o 10 años incluyendo una carencia entre 2 y 3 años
Tramo no reembolsable entre el 20% y 33% de la ayuda.
Existen anticipos del 35% de la ayuda con el límite de 250.000€, sin exigencias de garantías adicionales.
Categorías de proyectos:
A. Proyectos de I+D Individuales:
Beneficiarios (*): Empresas
Duración del proyecto: La duración de estos proyectos podrá ser de 12 a 36 meses.
B. Proyectos de I+D en Cooperación Nacional:
Beneficiarios (*): Se requiere la formalización de una Agrupación de Interés Económico (AIE) o consorcio regido por un acuerdo privado de colaboración, constituidos por, como mínimo, dos empresas independientes y con un máximo de socios de seis. Se valorará la creación de consorcios
equilibrados que cuenten con un tamaño adecuado para garantizar una gestión eficaz.
Duración del proyecto: La duración de estos proyectos podrá ser de 12 a 36 meses.
Presupuesto del proyecto: El presupuesto mínimo financiable será del orden de 500.000 €, con un
presupuesto mínimo por empresa será de 175.000 €. El reparto de la participación de cada empresa (o grupo de empresas vinculadas o asociadas) deberá ser equilibrado, no superando en ningún caso la participación de una única empresa el 65% del presupuesto total del proyecto.
C. Proyectos de Cooperación Tecnológica Internacional:
Son proyectos promovidos por consorcios internacionales, los relacionados con la participación española en programas de cooperación tecnológica internacional gestionados por el CDTI (programas multilaterales, bilaterales, programa de proyectos internacionales con certificación y seguimiento unilateral por parte del CDTI) o con el incremento de la capacidad tecnológica de las empresas españolas para mejorar su posible participación en las Grandes Instalaciones Científico-Tecnológicas Internacionales.
La participación española podrá financiarse mediante un proyecto individual o un proyecto en
cooperación nacional en función del número y tipo de participantes.
Estos proyectos están sometidos a un proceso de certificación reglado, variable en función del programa en el que se enmarque, obteniendo como resultado un sello internacional que certifica el carácter internacional del proyecto.
Beneficiarios (*): Empresas a título individual o bien una AIE o un consorcio constituidos por, como
mínimo, dos empresas autónomas.
Duración del proyecto: La duración de estos proyectos podrá ser de 12 a 36 meses.
Presupuesto del proyecto: El presupuesto mínimo financiable es de 175.000 €. En el caso de proyectos desarrollados por un consorcio o AIE el presupuesto mínimo del proyecto será del orden de 500.000 €.
D. Proyectos de I+D en convocatoria específica:
Serán proyectos de I+D que se presenten en el marco de una convocatoria específica publicada por el CDTI y que tendrán las características establecidas en su propia convocatoria.
Modalidad y cuantía de la financiación:
La modalidad de ayuda al proyecto será una Ayuda Parcialmente Reembolsable, con una cobertura
financiera hasta el 75% del presupuesto total aprobado, pudiendo alcanzar hasta el 85% con carácter
excepcional. Esta ayuda puede contar con un tramo no reembolsable (TNR) que dependerá de las
características del proyecto y del beneficiario. Por tanto, la ayuda CDTI puede distribuirse de la siguiente manera:
Un tramo reembolsable (TR) en un plazo de 10 años, contados a partir del centro de gravedad del
proyecto, que se calcula en función de la duración del proyecto y el importe de los hitos presupuestarios.
El primer reembolso se realiza 3 años después del centro de gravedad del proyecto, con un mínimo de 2 años desde su fecha de finalización. Este TR tendrá un tipo de interés fijo igual a Euribor a un año, que se establecerá en el momento de la aprobación del proyecto. Los intereses ordinarios del préstamo se devengarán semestralmente desde el momento de la disposición de la ayuda.
Un TNR modulado en función de las características del proyecto, del beneficiario y del origen de fondos utilizado para la financiación. Este tramo estará condicionado a la disponibilidad de fondos.
En el caso de los proyectos cofinanciados (FEDER, Mecanismo Financiero del Espacio Económico Europeo u otros) el tipo de interés se aplicará exclusivamente en el TR. En los proyectos financiados exclusivamente por el CDTI el tipo de interés se aplicará a toda la ayuda concedida.
La empresa deberá financiar al menos el 15% del presupuesto del proyecto con recursos propios.
DESTINO DE LA FINANCIACIÓN
Elementos a financiar:
La ayuda deberá tener un efecto incentivador en la actividad objeto de la ayuda, de tal forma que la fecha de inicio de las actividades del proyecto deberán iniciarse con posterioridad a la presentación de la solicitud.
Las Pymes y empresas que soliciten ayudas superiores a 7,5 millones de euros deberán demostrar que la ayuda provoca un incremento del nivel de actividades de I+D.
Los conceptos subvencionables serán los siguientes:
Gastos de personal (investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, siempre y cuando esté
exclusivamente dedicado al proyecto de investigación).
Si el proyecto se cofinancia con fondos FEDER, solo se financiarán aquellas actividades del proyecto que sean desarrolladas en el ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma que figure como “Comunidad de Desarrollo”. En este sentido, la partida de «Gastos de Personal» corresponderá a personas que realicen sus trabajos en dicha Comunidad, de forma tal que el trabajador debe estar dado de alta en un centro de trabajo de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto de investigación, incluyendo amortizaciones en su caso.
Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por
licencia de fuentes externas a precios de mercado, y los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación.
Gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto de investigación.
Otros gastos de funcionamiento, incluidos costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente de la actividad de investigación.
En los proyectos financiados por el CDTI, la ayuda es incompatible con cualquier otra ayuda pública
destinada al mismo proyecto, salvo en las Comunidades Autónomas con las que el CDTI haya suscrito el correspondiente convenio de cofinanciación.
En los proyectos financiados con Fondos FEDER, la ayuda es incompatible con cualquier otra ayuda que tenga por objeto el proyecto.
DONDE TRAMITARLA
SOLESTINE, Consultora Financiera especializada