CONVOVATORIA DE AYUDAS COVID-19
QUIEN CONVOCA LA AYUDA
CDTI – Centro Desarrollo Tecnológico Industrial
OBJETIVO GENERAL DE LA CONVOCATORIA
Subvenciones a proyectos de I+D y de Inversión para hacer frente a la emergencia sanitaria declarada por la enfermedad COVID-19.
BENEFICIARIOS Y CATEGORIAS
Proyectos de I+D:
Empresas válidamente constituidas, con personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España.
Centros Tecnológicos y/o Centros de Apoyo a la Innovación inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre.
Proyectos de inversión:
Empresas válidamente constituidas, con personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España.
TIPO DE CONVOCATORIA
Concesión directa
PLAZO DE PRESENTACIÓN
A partir del 11 de mayo, a las 12:00 horas del mediodía.
TIPO DE AYUDA
Subvención.
PRESUPUESTO DE LA CONVOCATORIA
12.000.000 euros.
CARACTERÍSITCAS DE LA AYUDA
Sólo se concederá una ayuda por beneficiario. La intensidad máxima de las ayudas será del 80% presupuesto elegible. La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características de los beneficiarios y de las disponibilidades presupuestarias. La totalidad de la ayuda a cada beneficiario se efectuará en un único pago con ocasión de la resolución de concesión El CDTI verificará el cumplimiento de la actuación objeto de la subvención y emitirá la correspondiente certificación acreditativa.
CARACTERÍSTICAS DE LOS PROYECTOS
Los proyectos deberán adecuarse a la situación de emergencia sanitaria y, por tanto, deberán permitir una implementación y puesta en marcha a corto plazo con resultados concretos, tempranos y oportunos a la situación actual.
Proyectos de I+D:
Proyectos de I+D individuales
Actividades de investigación industrial y/o desarrollo experimental relacionadas con la COVID-19, incluyendo la investigación sobre vacunas, medicamentos y tratamientos, productos sanitarios y equipos hospitalarios y médicos, desinfectantes y ropa y equipos de protección, así como las innovaciones de procesos pertinentes con vistas a una producción eficiente de los productos necesarios.
Inicio en 2020 y finalización, como máximo, el 31 de octubre de 2021.
Proyectos de Inversión:
Proyectos de inversión individuales
Inversiones para la fabricación de productos relacionados con la COVID-19. Se incluyen en este concepto los medicamentos (incluidas vacunas) y los tratamientos, sus productos intermedios, los ingredientes farmacéuticos activos y las materias primas; los productos sanitarios, los equipos hospitalarios y médicos (incluidos los respiradores, la ropa y el equipo de protección, y las herramientas de diagnóstico) y las materias primas necesarias para su producción; y las herramientas de recogida / tratamiento de datos. Deberán implicar una mejora en el proceso de producción habitual del beneficiario o un incremento de su capacidad de producción.
Duración máxima de seis meses, a contar desde la fecha de concesión de la ayuda. Inicio en 2020 y finalización, como máximo, el 31 de octubre de 2020.
Presupuesto elegible máximo: 625.000 euros.
Subcontratación máxima: 65% del presupuesto elegible, previa autorización en la resolución de concesión. No se permite la subcontratación de entidades vinculadas al beneficiario. En el caso de contratos por importe superior a 60.000 euros deberán aportarse tres ofertas de diferentes proveedores y justificarse la elección entre las ofertas presentadas.
GASTOS ELEGIBLES
Proyectos de I+D:
Costes de personal dedicado al proyecto.
Costes de materiales, fungibles, suministros y productos similares.
Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas a precio de mercado.
Consultoría y servicios equivalentes.
Costes relacionados con la obtención, validación y defensa de patentes, evaluaciones de la conformidad o autorizaciones necesarias para la comercialización.
Proyectos de Inversión:
Costes de personal dedicado al proyecto.
Costes de materiales, suministros y productos similares.
Costes de adquisición de activos fijos materiales e inmateriales.
Costes de contrataciones externas necesarias para la inversión.
EFECTO INCENTIVADOR
Para proyectos iniciados a partir del 1 de febrero de 2020 se considerará que la ayuda tiene efecto incentivador.
Para proyectos iniciados antes del 1 de febrero de 2020 se considerará que la ayuda tiene efecto incentivador si es necesaria para acelerar o ampliar el alcance del proyecto. Sólo se recogerán los gastos realizados a partir del 1 de febrero de 2020 y que estén relacionados con la ampliación del alcance o la aceleración del proyecto.
Los estudios de viabilidad previos no se tendrán en cuenta para la determinación de la fecha de inicio de la actividad.
COMPATIBILIDAD DE AYUDAS
La ayuda concedida en el marco de esta convocatoria es incompatible, durante su período de ejecución, con cualquier otra ayuda pública de ámbito europeo, estatal o autonómico con idénticos objetivos y finalidad.
DONDE TRAMITARLA
SOLESTINE, Consultora Financiera especializada