AYUDAS A PROYECTOS DE DIGITALIZACIÓN DE LA PYME EN LA COMUNITAT VALENCIANA (DIGITALIZA – CV)
QUIEN CONVOCA LA AYUDA
IVACE – Instituto Valenciano de la Competitividad Empresarial
CUAL ES EL OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA
Incentivar la inversión innovadora en tecnologías de la información, las comunicaciones y la electrónica. Como consecuencia de estas inversiones, las pymes de la Comunitat Valenciana podrán contar con facilidades para llevar a cabo procesos más eficientes, mejorar la integración en su cadena de valor, desarrollar nuevos productos y servicios y desarrollar su actividad de forma no presencial.
Podrán tener la consideración de empresas beneficiarias las pymes con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación. Deberán, además, desarrollar actividades encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE2009):
Secciones C, D, E y F-Divisiones 10 a 43
Sección H-Divisiones 49 a 53
Sección J-Divisiones 58 a 63
Sección M-Divisiones 69 a 74
En ningún caso podrán ser beneficiarias las empresas que desarrollen actividades financieras, inmobiliarias, de producción primaria de productos agrícolas o que operen en los sectores de la pesca y la acuicultura.
A QUIEN VA DIRIGIDA
PYME
SECTOR
Innovación
TICs
ÁMBITO GEOGRÁFICO
Autonómico – Comunitat Valenciana
FECHA PARA SOLICITAR LA AYUDA
12/01/2022
FECHA FIN SOLICITUD AYUDA
03/03/2022
IMPORTE TOTAL DE LA CONVOCATORIA
8.000.000,00 €
TIPO DE SUBVENCIÓN
Subvención a fondo perdido.
IMPORTE MÁXIMO
100.000,00 €
PORCENTAJE DE SUBVENCIÓN A FONDO PERDIDO
40,00 %
DESCRIPCIÓN DE LA FINANCIACIÓN
La ayuda consistirá en una subvención calculada como un porcentaje sobre los costes subvencionables del proyecto, con una cuantía variable en función del tamaño de empresa:
Pequeña empresa: hasta el 40 %
Mediana empresa: hasta el 30 %
La cuantía de subvención no podrá superar el importe de 100.000 euros.
La empresa beneficiaria deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes empresas proveedoras sin vinculación ni entre ellas ni con la empresa beneficiaria de la ayuda, de las cuales se escogerá la opción con el presupuesto más bajo.
DESTINO DE LA FINANCIACIÓN
Tendrán la consideración de costes subvencionables aquellos gastos que están relacionados con las siguientes categorías:
Licencias de software, excluyendo el software de propósito general; por ejemplo sistemas operativos, aplicaciones de gestión, monitorización de redes, sistemas, paquetes de ofimática, correo electrónico, edición y tratamiento de imágenes, salvo en los casos en que este tipo de software forme parte inseparable de otros activos que sean objeto de subvención dentro del proyecto.
Desarrollo de aplicaciones a medida.
Costes por uso de soluciones y aplicaciones (modalidades XaaS), durante el tiempo de ejecución del proyecto, con las mismas exclusiones que las detalladas para las licencias de software.
Inversiones en hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones. Se excluyen ordenadores personales y servidores, impresoras, terminales, displays, tabletas, consolas y similares.
Costes de servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación o definición de los servicios previstos en las actuaciones apoyables.
El importe máximo admisible será el que resulte menor de los siguientes: un 15 % del resto de costes subvencionables o 14.500 euros
La ayuda si está sujeta al Régimen de Minimis
DONDE TRAMITARLA
SOLESTINE, Consultora Financiera especializada