AYUDAS NEOTEC
QUIEN CONVOCA LA AYUDA
CDTI – Centro Desarrollo Tecnológico Industrial
CUAL ES EL OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA
El programa NEOTEC tiene por objetivo financiar a empresas innovadoras de base tecnológica donde la innovación y la tecnología sean factores determinantes y únicos que contribuyan a la diferenciación de la empresa.
Se considera empresa innovadora a toda empresa que cumpla al menos uno de los siguientes requisitos:
- La empresa debe poder demostrar que desarrollará en un futuro previsibles productos, servicios o procesos nuevos.
- Que tenga unos costes de investigación y desarrollo que representen un mínimo del 10 % del total de sus costes de explotación durante al menos uno de los tres años previos a la concesión de la ayuda.
REQUISITOS PARA ACCEDER LAS EMPREAS INNOVADORAS
- Las empresas no deben estar cotizadas.
- Las empresas deben estar constituidas como máximo en los 3 años anteriores a la fecha del cierre de la presente convocatoria (20 de septiembre), a contar desde la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa. Además, la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa deberá ser al menos 6 meses antes de la fecha de cierre de presentación de solicitudes
- Las empresas no deben haber repartido beneficios.
- Deben tener un capital social mínimo o capital social más prima de emisión de 20.000 euros desembolsado íntegramente.
- Los solicitantes deben haber depositado en el Registro Mercantil, en su caso, las cuentas anuales de los 2 últimos ejercicios.
A QUIEN VA DIRIGIDA
PYMES innovadoras
SECTOR
Cualquier sector que cumpla los anteriores requisitos.
ÁMBITO GEOGRÁFICO
Nacional
FECHA FIN SOLICITUD AYUDA
Abierta todo el año.
IMPORTE TOTAL DE LA CONVOCATORIA
25 millones de euros
TIPO DE FINANCIACIÓN
Subvención a fondo perdido
PORCENTAJE DE LA SUBVENCIÓN A FONDO PERDIDO
Hasta el 70 % de los gastos financiables
IMPORTE MÁXIMO
250.000 euros por beneficiario
DESEMBOLSO DE LA AYUDA
- Toda vez comprobado y verificado por parte de CDTI que se ha realizado las inversiones para las cuales se concedió la subvención, se procederá a realizar el desembolso.
- El beneficiario podrá solicitar el pago anticipado del 60% de la subvención concedida.
- El beneficiario no deberá constituir garantía alguna.
DESTINO DE LA FINANCIACIÓN
Se considerarán subvencionables los siguientes gastos:
- Inversiones en equipos.
- Gastos de personal.
- Materiales.
- Colaboraciones externas y asesorías.
DONDE TRAMITARLA
SOLESTINE, Consultora Financiera especializada.