ICO EMPRESAS Y EMPRENDEDORES
ICO EMPRESAS Y EMPRENDEDORES
Estos préstamos están pensados para los autónomos, las entidades públicas y privadas (empresas, fundaciones, ONG’s, Administración Pública), que realicen su actividad empresarial en España con independencia de su domicilio social o fiscal y de si la mayor parte de su capital es español o extranjero. También podrán solicitar financiación a través de esta Línea los particulares, las comunidades de propietarios y las agrupaciones de comunidades de propietarios para rehabilitar viviendas y edificios o reforma de sus elementos comunes.
CONCEPTOS FINANCIABLES
La financiación podrá destinarse a desarrollar los proyectos de inversión y/o las necesidades generales de la actividad, entre otras, necesidades de liquidez como gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía.
Necesidades tecnológicas
- Adquisición de activos fijos nuevos o de segunda mano
- Vehículos turismos e industriales
- Adecuación y reforma de instalaciones
- Adquisición de empresas
- Rehabilitación o reforma de edificios, elementos comunes y viviendas
CONCESIÓN DE LA FINANCIACIÓN, IMPORTE Y PLAZO
La Entidad de Crédito decidirá sobre la concesión de la financiación e importe máximo por cliente.
El importe máximo por cliente y año es de 12,5 millones de euros, en una o varias operaciones. Modalidad de la operación.
La financiación podrá formalizarse bajo la modalidad de préstamo, leasing, renting o línea de crédito.
PLAZO DE AMORTIZACIÓN, CARENCIA, COMISIONES, TAE, GARANTÍAS
De 1 hasta 6 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
De 7 hasta 9 años con 0, 1 ó 2 años de carencia
De 10, 12, 15 y 20 años con 0, 1, 2 hasta 3 años de carencia
Tipo de interés del préstamo
El cliente podrá elegir entre un tipo de interés fijo o variable. En el caso de que la operación formalizada sea un renting, el tipo de interés será fijo. Si la operación se formalizó a tipo de interés variable, éste será revisado semestralmente por la Entidad de Crédito de acuerdo con lo establecido en el contrato de financiación.
COMISIONES Y GASTOS
La Entidad de Crédito podrá aplicar una comisión al inicio de la operación. El coste para el cliente de esta comisión más el tipo de interés, no podrán superar la TAE máxima que la Entidad de Crédito puede aplicar a la operación en función de su plazo.
Podrá aplicarse una comisión de amortización anticipada voluntaria que, con carácter general, será del 1% sobre el importe cancelado cuando la operación se haya formalizado a tipo fijo. Cuando se haya formalizado a tipo variable, se aplicará una comisión máxima del 0,50%, en función de la vida residual de la operación en la fecha de liquidación de la amortización.
Ampliar información sobre la cancelación anticipada del préstamo. En caso de amortización anticipada obligatoria, se devengará una comisión en concepto de penalización del 2% sobre el importe indebidamente formalizado.
La Tasa Anual Equivalente (TAE) aplicable a la operación estará compuesta por el coste de la comisión inicial que en su caso aplique la Entidad de Crédito más el tipo de interés. La TAE no podrá superar los límites siguientes:
Para operaciones a plazo igual a 1 año: tipo fijo o variable más hasta 2,30 %.
Para operaciones a plazo de 2, 3 ó 4 años: tipo fijo o variable más hasta 4,00%. Para operaciones a un plazo igual o superior a 5 años: tipo fijo o variable más hasta 4,30%.
GARANTÍAS
La Entidad de Crédito podrá solicitar las garantías que estime oportunas salvo aval de la SGR o SAECA. Compatibilidad de esta financiación con las ayudas que conceden otros organismos. Esta financiación será compatible con ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas (CCAA) u otras instituciones.
DOCUMENTACIÓN
El cliente tendrá que presentar la documentación que cada Entidad de Crédito considere necesaria para estudiar la operación.
VIGENCIA
El cliente podrá formalizar operaciones con la Entidad de Crédito durante todo el año 2022.